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A.P.S CopropiedadesLTDA. |
DICCIONARIO DE ALGUNOS TERMINOS Y DEFINICIONES
Abogacia: Profesión y ejercicio de abogado
Abogado: el que con titulo legitimo ejerce la abogacía.
Administrador: el que cuida, dirige y gobierna los bienes o negocios de otro. como la administración es un verdadero mandato, el administrador no es mas que un mandatario con obligaciones y derechos.
Ad hoc: loc.latina. expresión advervial que significa: para esto, para el caso. Lo que sirva a un fin determinado.
Ad honorem: loc.latina. Significa: "por el honor" "gratuitamente" y sirva para calificar una función ejercida sin rtribución alguna.
Ad líbitum: loc.latina. Equivale a elección, a voluntad. Sirve para designar contratos caracterizados por ser voluntarios, o sea, ad líbitum.
Alienable: Lo susceptible de alienación. Equvale a enejenable.(v).
Amovible: Se dice del empleo que no es fijo, como tambien de la persona que puede ser removida o destituida de él por la sola voluntad de quien de lo confirió, o por la autoridad que tiene o se arroga tales atribuciones.
Anarquía: Desorden y perturbación de un estado poer debilidad, falta o supresión de la autoridad./ forma social sin gobierno alguno.
Año: Tiempo que los planetas tardan en volver al mismo punto de su órbita, medida para distinguir los tiempo./ Perido de doce meses a contar desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre, ambos inclusive./ Lapso cualquiera de doce meses, o 365 días seguidos./ La entera revolución de la tierra alrededor del sol./ Judicial Lapso durante el cual estan en actividad los tribunales de justicia.
Apoderado: el que tiene poder o facultad de otro para proceder en su nombre, es nombrar uno a otro con las formalidades establecidad por las leyes para que pueda representar legitimamente
Archivo: el lugar o paraje en que se conservan con separación y seguridad papeleso documentos de importancia.
Arras: la prenda o señal que se da en fe y seguridad del cumplimiento de alguna cosa.
Arrendatario: el que mediante cierto precio que se obliga a pagar adquiere para cierto tiempo determinado el goce o uso de alguna cosa que el dueño de esta le concede.
Asamblea: la junta o congreso de muchos en el mismo lugar.
Año: el tiempo que emplea el sol en recorrer los signos del zodiaco, y que se compone de doce meses; o la entera revolucion de la tierra al rededor del sol, el espacio del tiempo que los planetas tardan en volver al mismo punto de la ecliptica, que sirve de medida para distinguir los tiempos
Bienes:aquellas cosas de que los hombres se sirven y con las cuales se ayudan./ Cuantas cosa pueden ser de alguna utilidad para el hombre. Las que componen la hacienda, el caudal o la riqueza de las personas. Todos los objetos que, por útiles y apropiables, sirvan para satisfacer las necesidades humanas. / AB INTESTATO. Los que deja una persona cuando muere sin testamento, o con testamento nulo o ineficaz, tenga herederos legítimos o carezca de ellos / ABANDONADOS. Estrictamente, los que su último dueño arroja si son muebles, o deja de visitar y cuidar si son inmuebles, como demostración de su voluntad de desprenderse de ellos, para no continuar con el dominio o posesión de los mismos. (V ABANDONO DE COSAS Y DERECHOS) / Por extensión, los que por desidia, imposibilidad física o material, otras ocupaciones absorbentes, ausencia o causa equiparable, no son cuidados; pero sin ánimo de renunciar a la propiedad de los mismos. (V GESTION DE NEGOCIOS AJENOS) / ACCESORIOS. Los que dependen de otros, o a ellos están adheridos. / ACENSUADOS. Los gravados con algún censo. Deben ser inmuebles o raíces y fructíferos. / ADVENTICIOS. Los que el hijo de familia, sometido a la patria potestad, adquiere por su trabajo en algún oficio, arte o industrias; y también los obtenidos por suerte, donación, legado, herencia de propios o extraños, con tal que no le vengan por razón o causa del padre. / ALODIALES. Los libres de todo gravamen o prestación señorial, a diferencia de los bienes enfeudados o feudos. / ANTIFERNALES. Los que el marido señalaba o regalaba a la mujer en compensación de la dote que él recibía, en consideración a la esposa y para sostenimiento de las cargas materiales del matrimonio. Se les llama también, por eso, bienes contradotales./ CASTRENSES. Los que adquiere el hijo de familia en la milicia o con ocasión del servicio militar./ COLACIONABLES. Los sujetos a colación, ya que por voluntad del testador, ya por mandato de la ley , a fin de asegurar el respeto de las legítimas, que pueden ser burladas por donaciones inter vivos. / COMUNALES. Los pertenecientes al común de una ciudad o villa. / COMUNES: Los que, no siendo privativamente de ninguno en cuanto al dominio, pertenecen a todos los hombres en cuanto al uso; como el aire, la luz solar, el agua de lluvia, el mar y sus playas, etc./ También los que integran una comunidad de bienes. / CONSUMIBLES: Aquellos que no puedan servir a su destino principal sin destruirse; como los alimentos. / CONTRACTUALES. Los que pueden constituir objeto de los contratos. / CORPORALES.Los que se hallan en la esfera de nuestros sentidos. / CUASICASTRENSES. Los que el hijo de familia adquiere en el ejercicio de un cargo público o en el desempeño de profesión o arte liberal. / DE ABADENGO. Las propiedades situadas en la jurisdicción de algún abad, obispo o eclesiástico; o las pertenecientes al señorio del mismo. Antiguamente estaban exentos de todos los impuestos o, al menos de algunos. / DE ABOLENGO. Los que formaban el patrimonio de nuestros abuelos, y nos han venido de ellos por herencia, legado o donación; ya directamente, ya a través de nuestros padres./ DE ABOLORIO. Lo mismo que bienes de abolengo (v.) los procedentes de los antepasados. / DE CAPELLANIAS. Los afectados a las cargas de ciertas iglesias o capillas, cuyo desempeño se encomienda a alguna persona./ DE CONSUMO. Toda cosa u objeto material destinado a satisfacer directa e inmediatamente una necesidad, conveniencia o deseo del hombre. DE DIFUNTOS. En la legislación española se denominaban así los bienes de las personas nacionales o extranjeras que morían en las Provincias de Ultramar, y cuyos herederos o legatarios no se encontraban en dichas tierras. / DE EXTRANJEROS. Los pertenecientes a súbditos de otras naciones con relación al territorio en que residen. / DE FAMILIA. Los de propiedad de familia y protegidos especialmente por la ley , que suele declararlos inalienables, imprescriptibles, inembargables e indivisibles. Tienden a constituir o a conservar un pequeño patrimonio familiar, que permita una explotación, por lo común agrícola, capaz de sustentar a una familia, y tendente también a lograr una casa propia. / DE FORTUNA. Sinónimos de bienes; o sea caudal o riqueza. / DE PROPIEDAD PRIVADA. Los que integran el patrimonio de las personas; o, como decían las Partidas, los que pertenecen " señaladamente a cada hombre para poder ganar o perder el señorio de ellas" ( Par III, tít. XXVIII, ley 2ª ). DE REALENGO. Los bienes de los pecheros, los sujetos al pago de impuesto o contribuciones a favor de los reyes, a diferencia de los exentos de tales prestaciones; como los de la nobleza y el clero, los denominados de manos muertas. ( V. BIENES DE ABADENGO.) / DOTALES. Las propiedades de todas clases que constituyen e integran la dote de la mujer casada. / ECLESIASTICOS. Los destinados al sostenimiento de los ministros y demás gastos del culto religioso. / FUNGIBLES. Aquellos bienes muebles en que cualquiera de la especie equivale a otro de la misma cantidad; como dos ejemplares de una misma edición. / FUTUROS. Los que no existen en el presente, como los productos industriales, naturales y civiles de las cosas; pero que se espera hayan de existir. / GANANCIALES. Los que adquieren por título común, lucrativo u oneroso, el marido y la mujer durante el matrimonio y mientras viven juntos. / HEREDITARIOS. Los adquiridos por herencia. / IGNORADOS. Los que nos corresponden, aun cuando no tengamos noticia o conocimiento de ellos, desde el instante de ser propietarios de los mismos por ley, por la naturaleza o ajena voluntad. / INALIENABLES. Los que no se pueden enajenar, por encontrarse fuera del comercio, por existir prohibición de la ley, debido a un acuerdo de voluntades o por disposición de ultima voluntad. En estos dos últimos casos ha de ser con carácter temporal o condicional. / INCORPORALES. Los que no existen sino intelectualmente, los no tangibles ni visibles; como servidumbres, herencias y , en general, todos los derechos. / INDIVISIBLES. Los que se destruyen o sufren grave quebranto al ser repartido entre varias personas. / INDIVISOS. Los pertenecientes a dos o más personas. / INEMBARGABLES. Los que no cabe embargar, por estar destinados directamente a la subsistencia y necesidades imprescindibles del deudor ( como una parte de su salario o sueldo; las ropas de uso, el lecho) o por constituir sus medios de trabajo, base de su mantenimiento también, y de que pueda obtener ingresos con que saldar sus obligaciones o responsabilidades. / INMUEBLES. Los que no se pueden transportar de una parte a otra sin su destrucción o deterioro. / LIBRES. Los que no se hayan vinculado y aquellos sobre los cuales no pese carga o gravamen. / LITIGIOSOS. Aquellos sobre los que se ha suscitado cuestión de propiedad o posesión, y se discuten ante juez o tribunal. / MOSTRENCOS. Los muebles o semovientes que se encuentran perdidos o abandonados sin saberse de su dueño. Se denominan mostrencos por cuanto se deben mostrar, o poner de manifiesto, y pregonar para que pueda su dueño saber el hallazgo, y reclamarlos si no los hubiera abandonado. / MUEBLES. Los que sin alteración alguna pueden trasladarse de una parte a otra. /NO CONSUMIBLES. Los que no perecen por el uso, como una finca rústica. / NO FUNGIBLES. Los que tienen una individualidad; como determinado cuadro de un pintor, el manuscrito de una obra ( a diferencia de los ejemplares impresos). NULLÍUS. Los que a nadie pertenecen; bien porque jamás han estado en dominio de persona alguna o porque su dueño los ha abandonado, con ánimo de no recuperarlos. / PARAFERNALES: Los privativos de la mujer casada. / PARTICULARES. Los integrantes de la propiedad peculiar y exclusiva de un individuo, o los que están bajo su dominio privado. / PATRIMONIALES. En sí, la locución parece tautológica; puesto que los bienes integran el patrimonio de alguien, el activo del mismo. No obstante, por caprichos del lenguaje, la expresión equivalía antiguamente a los bienes o cosas que el hijo tenía heredadas del padre o del abuelo; lo procedente de la familia, de la ascendencia, como una modalidad, la más frecuente, de los bienes de abolengo (v.). / PRESENTES. Aquellos que se encuentran real y actualmente el patrimonio de una persona. / PRINCIPALES. Los de mayor importancia, extensión o estima en la relación material o incorporal entre varios bienes. Los que pueden existir por sí y para sí. / PRIVADOS DEL ESTADO. Así se denominan en la legislación arg. Los que les corresponden como de propiedad privada, los patrimoniales. / PRO INDIVISO. Las cosas o derechos cuya propiedad pertenece a varias personas por partes iguales o desiguales, pero sin determinación concreta de la porción del bien que a cada uno pertenece. / PROFETICIOS. Los que el hijo sujeto a la patria potestad adquiere por razón del padre o con los bienes de éste. / PROPIOS. Los que pertenecen a una persona por su propio derecho y sin restricción alguna. / PUBLICOS. Los que, en cuanto a la propiedad, pertenecen a un pueblo, provincia o nación; y, en cuanto al uso, a todos los individuos de su territorio. Se denominan también bienes del dominio público y de la Nación. / RAICES. Los que consisten en tierras, edificios, caminos, etc. y los derechos y acciones reales. Constituye sinónimo de bienes inmuebles ( v.). / RESERVABLES o RESERVATIVOS. Son los que ciertas personas tienen la obligación de no enajenar y conservar con diligencia para entregar o transmitir a otra u otras. Generalmente tienen como fundamento la protección de los intereses filiales, por ser los hijos menores o casarse nuevamente el progenitor supérstite; o para evitar, donde la troncalidad rige, que las propiedades, los inmuebles especialmente, salgan de la familia de la que proceden los bienes. / SECULARIZADOS. Los eclesiásticos enajenados en virtud de la desamortización. / SEMOVIENTES. Las cosas que se mueven por sí mismas , como los animales. / SOCIALES. Los correspondientes a una sociedad mercantil o civil. / TRONCALES. Los que en las sucesiones, muerto sin descendencia el causante, no pasan al heredero regular, sino que buscan y requieren persona de la línea o familia de donde procedan. / VACANTES. Los inmuebles o raíces sin dueño conocido, o abandonados por quien lo era; razón por la cual se presume que a nadie pertenecen. / VINCULADOS. Los sujetos al dominio perpetuo de alguna familia o institución, con prohibición de enajenarios.
Bien
Privado:
aquel que no puede ser
consumido por más de una
persona a la vez, es decir,
cuando es consumido por una
persona, todas las demás
quedan excluidas de su
consumo.
Coeficiente: cuota de participación con relación al cien o total del valor determinado referido a centecimas del mismo.
Copropietario: el que tiene el derecho de gozar y disponer libremente de sus cosas que son muy parecidas a otras en cuanto las leyes no se opongan.
Convocatoria: Carta o despacho con que se cita o llama a muchos para que concurran a un lugar determinado con un temas o temas comunes a todos los citados.
Costo:
en un sentido amplio, es la
medida de lo que se debe dar o
sacrificar para obtener o
producir algo. En una empresa
es el valor de los insumos y
factores productivos
requeridos en la producción.
Los insumos o recursos propios
de la empresa se valorizan en
base a su costo alternativo y
los insumos contractuales al
valor establecido por
contrato.
Demanda:
cantidad
de un bien o de un servicio
que puede ser adquirida en
un mercado, a un cierto precio
definido.
Dinero:
medio de cambio (pago) de
aceptación generalizada.
Es decir, cualquier
cosa aceptada por todas las
personas en pago de bienes y
servicios.
Las funciones más
importantes del dinero son las
de medio de cambio, depósito
de valor y unidad de cuenta.
Índice
de Precios al Consumidor
(IPC):
es un número que resume las
variaciones de los precios de
los productos contenidos en
una canasta de bienes, la cual
se supone que es
representativa del consumo de
una familia promedio.
Indiviso: lo que se mantiene actualmente unido aun siendo divisible. Tal situación se produce jurídicamente allí donde exista unidad.
Inflación:
aumentos
sostenidos del nivel general
de precios.
También se puede
definir como la pérdida
sostenida de valor del dinero
a consecuencia de las alzas de
precios.
Inalienable: Lo que no se puede enajenar validamente cuyo dominio no puede transladarse a otro sino en los casos y con las formalidades prescritas por las leyes.
Licencia de construción: La autorización para desarrollar un predio con una o unas construcciones, cualquiera que sea, de acuerdo al plan de ordenamiento territorial y las normas urbanisticas de cada municipio o distrito.
Obligaciones:
compromisos en que se
reconocen deudas o se compromete
su pago u otra prestación o
entrega.
En términos contables,
las obligaciones están
constituidas por el pasivo de
una empresa.
Oferta:
cantidad máxima de
bienes o servicios que un
productor está dispuesto a
vender en el mercado a un
precio dado, por unidad de
tiempo.
Cuanto mayor sea el
precio de mercado, mayor será
la cantidad ofrecida de
bienes y servicios.
Plano
arquitectonico: documento
donde se representa
graficamente el diseño
elaborado para construir o
reformar una edificación.
Proindiviso: Posesión en común de un cuerpo de bienes cuya propiedad no esta dividida, en virtud de una convención o contrato.
Propietario: el que tiene el derecho de dominio en alguna cosa, es decir el derecho de gozar y hacer de ella lo que mejor le parezca, en cuanto no se lo inpida la ley.
Querella: La acusacion o queja que se pone ante el juez contra otro que le ha hecho algun agravio o que ha cometido un delito en perjuicio propio pidiendo que se le castigue.
Reservas:
cantidad
de recursos segregados para
cierto propósitos específicos.
El concepto tiene
diversas
acepciones,
señalando algunas de
ellas:
1. Reservas Monetarias: aquella fracción de los depósitos que mantienen los bancos o asociaciones financieras bajo la forma de encajes y cuyo propósito es garantizar que el sistema financiero pueda responder a contingencias imprevistas.
2. Reservas contables: aquella fracción de las utilidades o excedentes de ejercicios anteriores de un ente ecómico que no son distribuidos y que pasan a incrementar el patrimonio del mismo. Se habla de reservas legales cuando la ley obliga a capitalizar parte de las utilidades.
Presupuesto:
cálculo o estudio
anticipado de los ingresos
probables y del nivel a que
podrían llegar los egresos o
gastos que con cargo a ellos
deben efectuarse, dentro de un
período determinado
denominado ejercicio
presupuestario, y que
generalmente es de un año.
Quórum: número mínimo de personas o de votos necesarios para que tome ciertos acuerdos una asamblea deliberante.
Salario
Mínimo:
es
la remuneración mínima del
factor trabajo que todo
empleador está obligado a
pagar a sus empleados. Esta
remuneración se establece, en
forma concertada (entre
gobierno, empresa privada y el
sector obrero) mediante
decreto legislativo. El
salario mínimo está sujeto a
revisión periódica.
El
salario mínimo puede ser
general por una o varias áreas
geográficas y extenderse a
una o más entidades
federativas, o pueden ser
profesionales para una rama
determinada de actividad económica
o para profesionales, oficios
o trabajos especiales dentro
de una o varias áreas geográficas.
De acuerdo con la ley deberá
ser suficiente para satisfacer
las necesidades normales de un
jefe de familia en el orden
material, social y cultural, y
para proveer la educación básica
a los hijos.
Seguro:
medio por el cual las personas
se cubren de los riesgos de
algún acontecimiento
imprevisto que pueda
perjudicarles.
Sistema
Económico:
conjunto de
instituciones y de relaciones
entre las personas que
permiten a una sociedad
enfrentar el problema económico.
Los principales sistemas económicos que han existido son: el esclavismo, el feudalismo, el capitalismo y el socialismo. Ellos se diferencian por el carácter de las relaciones económicas entre las personas y por la naturaleza de las instituciones que en ellas han existido. Por ejemplo, bajo el capitalismo la principal relación económica entre las personas es el reconocimiento de la propiedad privada de los medios de producción; y las instituciones que en el existen operan en el mercado independientemente unas de otra; buscando maximizar sus beneficios. En cambio bajo el socialismo no se reconoce la propiedad privada de los medios de producción, los que son controlados por el Estado, y los agentes económicos deben ajustar sus conductas a los planes trazados por la autoridad económica.
Sueldo:
remuneración
contractual fija que por su
trabajo percibe el empleado y
que se paga por períodos
iguales y determinados de
tiempo.
Para el análisis económico
es sinónimo de salario.
En
su acepción corriente se
distingue del salario por el
período de pago que cubre y
la forma que adopta dicho
pago.
Servicio:
sinónimo de bien intangible.
Toda prestación de
carácter
intangible que contribuye al
bienestar de las personas, ya
sea individual o
colectivamente.
Tasa
de Interés:
precio monetario que debe pagarse por
utilizar fondos ajenos o no
cumplir con los propios el
cual se expresa como un
porcentaje del monto prestado
por unidad de tiempo.
Trabajo:
factor productivo que
consiste en el esfuerzo humano
aplicado a la producción de
riqueza.
Es el factor productivo
básico, en el sentido que sin
él no es posible subsistir,
ni satisfacer las necesidades
humanas.
El
trabajo es un concepto genérico,
que engloba aptitudes y
esfuerzos de muy diversa índole,
lo que difícilmente permite
hablar del trabajo como si
fuera homogéneo.
La remuneración de
este factor es el salario,
el cual se determina en el
mercado del trabajo.
Unidad
Económica:
individuos y organizaciones en
cuyo comportamiento se
interesa la economía y que
analíticamente pueden
considerarse unidades de
decisión.
El análisis económico
se centra en las interacciones
de las unidades económicas, a
cada una de las cuales se
asocian decisiones
significativas para el
problema económico específico
en consideración.
En el análisis económico
neoclásico se distinguen tres
tipos principales de unidades
económicas: la familiar, la
empresa y el gobierno.
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